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Nombre del trámite/servicio
Modificación no sustancial de actividad/instalación sometida a licencia ambiental o a comunicación ambiental.
Descripción del trámite/servicio

El titular de una actividad o instalación sometida a licencia ambiental o a comunicación ambiental que pretenda llevar a cabo una modificación no sustancial de aquélla, deberá comunicarlo al Ayuntamiento.

Área del trámite/servicio

Servicio de Intervención en el Uso del Suelo y Prevención Ambiental.

Tipo de presentación del trámite/servicio

Tramitación electrónica y presencial.

Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Lugar y horario de presentación del trámite/servicio

Los documentos que los interesados dirijan al Servicio de Intervención en el Uso del Suelo y Prevención Ambiental del Ayuntamiento de Palencia podrán presentarse:

a) En el Registro Electrónico General.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En la Oficina de Asistencia en materia de Registros, sita en la C/Mayor Principal, 7 de Palencia, de lunes a viernes, salvo festivos (24 y 31 de diciembre incluidos), en horario de 09:00 a 14:00 horas.

Documentación a presentar

a) El titular de una actividad o instalación sujeta a licencia ambiental o a comunicación ambiental que pretenda llevar a cabo una modificación no sustancial de aquélla deberá comunicarlo al Ayuntamiento indicando razonadamente por qué considera que se trata de una modificación no sustancial, acompañando los documentos justificativos de las razones expuestas (art. 45.6 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León).

b) De conformidad con los artículos 40 y 41 del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, se tendrá que aportar la referencia catastral de los bienes inmuebles.

c) Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia (art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En el siguiente enlace puede descargar el modelo normalizado de representación voluntaria para poder actuar ante este Ayuntamiento, que debe ser cumplimentado y firmado tanto por el representado como por el representante para proceder a la presentación del mismo. Además, deberá aportar copia del DNI/NIE del representado.

Plazos de presentación

Continuo.

Notas del trámite/servicio

En los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de comunicación, la Administración no está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla.

El titular podrá llevar a cabo la modificación siempre que el Ayuntamiento no manifieste lo contrario en el plazo de un mes.

En el supuesto de que, como consecuencia de la modificación no sustancial de la actividad o instalación, sea necesaria una modificación de la licencia ambiental con objeto de actualizar su contenido, se incluirá en ella, en su caso, los nuevos condicionantes derivados de la modificación no sustancial.

Una vez comunicada la modificación no sustancial de la actividad o instalación sometida a licencia ambiental, el titular comunicará su iniciación o puesta en marcha mediante la presentación de una declaración responsable, de conformidad con lo establecido en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

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