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Nombre del trámite/servicio
ORA Tarjeta Vehículo Eléctrico
Descripción del trámite/servicio

Los titulares de vehículos clasificados en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT como eléctricos BEV* (y los eléctricos de rango extendido (REEV**), obtendrán de forma gratuita la autorización para estacionar en zona ORA.

* BEV: Es el que dispone de uno o varios motores de tracción eléctricos y el suministro de energía a los mismos procede de baterías que se recargan exclusivamente a partir de la red eléctrica aunque disponen de sistemas de recuperación de la energía de la frenada del propio vehículo.

**REEV: La tracción es únicamente eléctrica, pero llevan además un motor térmico girando a un número constante de revoluciones para producir electricidad, alimentar el motor eléctrico y recargar la batería. Esta batería puede recargarse en la red eléctrica o por auto-recarga.

Expresamente se excluyen los vehículos híbridos que por sus características usan únicamente como fuente energética el combustible y no permite la carga de la batería por una fuente exterior de electricidad.

La expedición de la autorización de vehículos eléctricos exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a.- Estar empadronado en Palencia, en el domicilio señalado en la solicitud.

b.- Que figure en los registros de la DGT como Carburante “Eléctrico”.

c.- No tener pendiente deudas con la Hacienda Municipal.

Área del trámite/servicio

Tráfico

Tipo de presentación del trámite/servicio

Presencial y Telemática

Lugar y horario de presentación del trámite/servicio
  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. https://sede.aytopalencia.es
  • De forma presencial en la Oficina de Registro del Ayuntamiento, sita en la C/ Mayor Principal, 7 – Planta baja.
  • Por correo postal.
  • En las oficinas de correos, a través de ORVE.
  • En aquellas Administraciones Públicas (ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, etc.) que estén dotados de registro electrónico (Ventanilla única).
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Documentación a presentar

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Plazos de presentación

Durante todo el año. Renovaciones en el mes de diciembre.

Formularios del trámite/servicio
Notas del trámite/servicio

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