
Las viviendas de protección oficial y las equiparables a éstas según las normas de la Comunidad Autónoma, disfrutarán de una bonificaciòn del 50% durante el plazo de tres años, contados desde el año siguiente a la fecha de otorgamiento de la calificación definitiva.
Las viviendas de protección oficial de gestión pública y promovidas por una entidad pública disfrutarán, de una bonificación del 50% durante los tres años siguientes al de finalización del período de aplicación que se recoge en el apartado anterior.
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado.
A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. https://sede.aytopalencia.es
Por correo postal.
De forma presencial, con cita previa, en la oficina de Registro General del Ayuntamiento en C/ Mayor Principal, 7 en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
La cita previa puede obtenerse a través de la página web:
www.aytopalencia.es (httpw://citaprevia.aytopalencia.es/)
Para tener derecho a esta bonificación, los interesados deberán aportar la siguiente documentación:
En cualquier momento anterior a la terminación de los tres periodos impositivos de duración de la misma, y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite, sin que en ningún caso pueda tener carácter retroactivo.