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Nombre del trámite/servicio
Alta, Baja o Modificación en el servicio de basuras y tratamiento de residuos
Descripción del trámite/servicio

Constituyen prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario (en adelante PPPNT) las vinculadas a la prestación de los servicios de recepción obligatoria de recogida de basuras domiciliarias y/o residuos sólidos urbanos y su tratamiento selectivo, en el Centro de Tratamiento de Residuos de Palencia (CTR); provenientes de viviendas, alojamientos y locales, establecimientos o habitáculos de cualquier tipo donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios o cualesquiera otras susceptibles de generar residuos sólidos urbanos.

Se excluyen de tal concepto los residuos de tipo industrial, escombros de obra, detritus humanos, materias y materiales contaminados, corrosivos, peligrosos o cuya recogida o vertido exija la adopción de especiales medidas higiénicas, profilácticas o de seguridad. Se consideran basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos los restos y desperdicios de alimentación o detritus procedentes de la limpieza normal, de locales o viviendas, y, en todo caso, los que no excedan, por usuario, de un vertido medio diario de 250 Kg o 2.400 litros.

Se establece una presunción de utilización de los servicios en todos aquellos inmuebles susceptibles de generar residuos sólidos urbanos y, en todo caso, en aquellos que dispongan de conexión en situación de alta en el servicio municipal de abastecimiento de agua.

Las cuotas de la prestación del servicio de recogida de basuras serán anuales, prorrateándose por trimestres. Las cuotas de la prestación del servicio de tratamiento selectivo de residuos, serán anuales, prorrateándose por trimestres para supuestos de prestación continuada o periódica y por días o por acto de vertido, en aquellos supuestos en los cuales el depósito se realice fuera del servicio ordinario o cuando los residuos excedan los límites de peso o volumen señalados en la presente ordenanza. En todos los supuestos se devenga la tasa cuando se inicie la prestación del servicio, dentro del período anual; trimestral , o por prestación esporádica, según corresponda, cualquiera que sea el día de inicio o cese de la prestación dentro de estos períodos.

Al término de la actividad industrial, comercial, profesional, artística y de servicios o cualquiera que fue susceptible de generar  residuos industriales deberá presentar declaración de baja de prestación de los servicios de recogida de basuras y CTR Industrial. La baja en el recibo del servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado y depuración, si hubiere, o en el recibo de Basuras y tratamiento de residuos surtirá efecto en el siguiente trimestre al cese en la actividad.

Área del trámite/servicio

Gestión de Ingresos - Tesorería Municipal

Tipo de presentación del trámite/servicio

Presencial y Telemática

Para realizar la Solicitud de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado o usuario y clave de esta sede electrónica.

IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de forma TELEMÁTICA.

Lugar y horario de presentación del trámite/servicio
  1. A través de la Sede electrónica del Ayuntamiento. https://sede.aytopalencia.es
  2. De forma presencial en la Oficina de Registro del Ayuntamiento, sito en la C/ Mayor Principal, 7 - Planta baja. Horario: De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
  3. Por correo Postal.
  4. En las oficinas de correos, a través de ORVE.
  5. En aquellas Administraciones Públicas (Ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, etc.) que estén dotados de registro electrónico (Ventanilla única).
  6. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  7. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Se recuerda la obligación de relacionarse de manera electrónica con la Administración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para los siguientes sujetos:

Las personas jurídicas. Las entidades sin personalidad jurídica. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, se incluye a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

En el caso de representar a terceros, se deberá acompañar la documentación que acredite la representación mediante el modelo PA-06-013 - Acreditación Representación.

Documentación a presentar

- Declaración de baja de los servicios de recogida de basuras y CTR industrial

- Baja IAE de la Agencia tributaria

Plazos de presentación

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Notas del trámite/servicio

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